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domingo, 22 de mayo de 2011

El difícil sendero hacia el Estado Social de Derecho



Por SERGIO SALINAS (Mayo 2011)

Antes del 7 de julio de 1991 imperaba en Colombia el Estado de Derecho, pero con la expedición de la Constitución de ese año se empezó a hablar de Estado Social de Derecho. La concepción político-jurídica en que descansa uno y otro son bien disímiles, pues mientras en el Estado de Derecho impera la legalidad a ultranza con la característica bien marcada hacia la formalidad y su concepción frente a la Constitución es que las normas que ésta contiene son programáticas, de carácter político, debiendo realizarse de manera progresiva, dejando así a la voluntad de los gobernantes su implementación.

Otra cosa es lo que sucede con el Estado Social de Derecho, inspirado por el Constituyente de 1991 a partir de sistemas jurídicos foráneos, donde el principio de legalidad y seguridad jurídicas ya no son el fundamento más importante al interior del Estado, sino que lo primordial es alcanzar un orden social y político justo, basado en el respeto y la defensa de los derechos humanos, pero como lo señala el profesor Oscar Dueñas esos derechos antes se fundamentaban en la separación del concepto tradicional de derechos fundamentales en donde sólo se trataban las libertades individuales y los derechos políticos. Actualmente no es un disparate agregar otra dimensión: los derechos de prestación, que implican la satisfacción de las necesidades básicas de la población. Sin embargo, ha de tenerse presente que en cada momento histórico y según la capacidad financiera y la disposición institucional esos cometidos serán alcanzados.

A pesar de hablarse de Estado Social de Derecho como una especie de institución única, lo cierto es que debería más bien plantearse el término en plural. Cada país y cada pueblo entiende –y de hecho es lo que sucede- el Estado Social de Derecho de un modo diferente, de manera que si por ejemplo algunos países latinoamericanos se autodenominan Estados Sociales de Derecho inspirados en ciertos Estados europeos como el alemán o español, esto no significa que sean iguales pero tampoco que los segundos sean la norma a seguir por los latinoamericanos, sino que cada uno debe buscar y encontrar la mejor forma de llevar a cabo esos principios caracterizadores de los Estados Sociales de Derecho.

Lo dicho no es óbice para que los países latinoamericanos tengan aún más camino que recorrer que el caso alemán o español mencionados, pues somos plenamente conscientes de las carencias de los Estados latinoamericanos que de manera casi general se los denomina como Estados deficitarios pues ni siquiera han alcanzado un control efectivo del monopolio del poder y de la fuerza dentro de sus fronteras, y que día a día deben disputarle el poder a grupos de tipo supra-estatal, para-estatal o hasta contra-estatal, lo que dificulta su tarea de erigirse en estas repúblicas verdaderos Estados Sociales de Derecho.

Pero esto no significa que no haya experiencias que con ciertas reservas han dado resultados positivos. En el contexto colombiano una institución nacida simultáneamente con la denominación de la República de Colombia como un Estado Social de Derecho es la Acción de Tutela, creada por el constituyente del 91 para que los derechos fundamentales consagrados en la Carta no fueran mera retórica, ha sido uno de los mecanismos más efectivos para proteger los derechos fundamentales en un país donde se lanzan fuertes críticas a la administración de justicia por no ser eficiente, y por vía de tutela ha habido respuesta oportuna a parte de ese malestar, hecho que ha cobrado relevancia con el desarrollo jurisprudencial de la Corte Constitucional. No obstante, debe aclararse que si bien es cierto la Acción de Tutela ha logrado un avance significativo hacia el Estado Social de Derecho no es esta la única vía; es más bien un síntoma de que las cosas están fallando el que se recurra tan frecuentemente a ella.

Simultáneamente con la aparición en Colombia del discurso jurídico-político del Estado Social de Derecho ha irrumpido otro discurso denominado globalización (una de sus expresiones es el neoliberalismo), de dimensiones planetarias, el cual mina las bases del Estado Social de Derecho, pues sostiene que en éste último el Estado interviene en asuntos que debieran dejarse al libre juego de las fuerzas, es decir al sector privado, por ser supuestamente el más competente y eficiente. Para esto se ha venido presionando especialmente por parte de las empresas transnacionales e incluso de los países centrales a través del Consenso de Washington a los gobiernos de la periferia para que privaticen empresas que están siendo manejadas por los Estados y que no fueron privatizadas en las anteriores décadas, empresas que por cierto son muy rentables.

Otro poder que trata de imponerse y hace peligrar al incipiente Estado Social de Derecho en su versión colombiana es el de los grupos armados al margen de la ley, ya sean beligerantes, paramilitares o paraestatales, o de delincuencia común organizada ahora mal llamadas “Bandas Criminales” (Bacrim). Igualmente o tal vez más dañinos son los corruptos que se apoderan de las principales instituciones estatales y desde allí no buscan proteger y velar por los intereses sociales y públicos sino que luchan por sus propios y obscuros intereses o el de sus camarillas. Esto se hace más peligroso cuando unos y otros forman alianzas non sanctas, acumulando el poder suficiente para desviar con total impunidad los principios que guían a las instituciones públicas, defraudando así los intereses sociales y convirtiendo al Estado Social de Derecho en una mera ilusión, en verdaderos cantos de sirena.

De manera que si junto a las denominaciones normativas como es el caso del Estado Social de Derecho colombiano, tan plausible como necesario, no hay una verdadera realidad social e institucional capaz de soportar y dar fundamento a esos propósitos, los anhelos se desvanecen y las expectativas se acortan, defraudando intereses sociales primarios. El riesgo que esto implica es que la gente no crea en las instituciones implantadas y desconfíe de las nuevas, haciendo cada vez más difícil superar la situación anómala, la cual en muchas veces se ve como algo normal o al menos como algo que debe soportarse por ser muy difícil superarla, quedando así legitimada la oprobiosa y abrumadora realidad, una realidad cada vez más inequitativa e injusta la cual beneficia a unos pocos a costa de la gran mayoría de la población.